La Ley 15/2008, de 8 de julio, ha venido a dar un marco normativo a la guardia y custodia compartida, que venía siendo admitida en la práctica ante la no existencia de prohibición expresa. Lleva a cabo la autora una interpretación de la regulación que el Código Civil realiza de esta medida, poniendo de manifiesto la necesidad de modificar otras materias conexas, como la vivienda familiar o la prestación de alimentos.