La evolución de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en los últimos años, nos obliga a revisar los criterios seguidos por nuestra jurisprudencia en el supuesto concreto de la indemnización por clientela en los supuestos de extinción de contratos similares al contrato de agencia, y en concreto, la doctrina sentada por nuestra jurisprudencia en cuanto al contrato de distribución en exclusiva.
A pesar de que, en principio, pudiera pensarse que existen criterios muy dispares, sobre todo si analizamos jurisprudencia menor, analizando las últimas sentencias de nuestro Tribunal Supremo la cuestión queda resuelta de forma clara, en la forma que expondremos en este artículo.
The evolution of our Supreme Court jurisprudence in the last years, takes us to check the criteria followed by our jurisprudence concerning the indemnification by clientele in the case of contraer extinction when the contracts are similar to the contraer of agency. In spite of the fact that, at first, it could be thought that very different criteria exist, especially if we analyze minor jurisprudence, the fact is that in the analysis of the last jurisprudence of our Supreme Court the question remains solved.