María Asunción García Martínez
El Tribunal Constitucional fue concebido por la Constitución como un órgano de garantía de la Norma con la que se pretendía superar el modelo político del franquismo inaugurando un nuevo orden político, jurídico y social basado en una serie de valores y principios democráticos y liberales. En la aventura de asentar el nuevo modelo el Tribunal Constitucional asumía el papel de defensor de la esencia del nuevo orden, en una función de equilibrio entre sus propias competencias y las de los demás poderes llamados a desarrollar en interpretar las normas constitucionales. En sus veintisiete años de existencia la actuación del Tribunal Constitucional ha sido objeto de valoraciones tanto positivas como negativas, pero han sido generalmente valoraciones de actuaciones concretas en supuestos específicos. La situación actual es que, en el periodo de los últimos tres o cuatro años, su prestigio se ha visto minado progresivamente hasta el punto de que se ha pasado de la crítica de decisiones concretas a cuestionar la misma funcionalidad del órgano y con ello su legitimidad. La acusación de politización de las decisiones que adopta el Tribunal Constitucional está en la base del debate lo que nos lleva a reflexionar sobre la incidencia de la procedencia de los magistrados constitucionales en la naturaleza del órgano, así como a las causas funcionales o estructurales que han llevado a la actual situación de desprestigio con que se enfrenta el Tribunal Constitucional, y con él la garantía del Estado de Derecho.