El artículo analiza en profundidad la incidencia de la declaración de concurso como eventual causa de extinción del contrato, planteando la posible discriminación subyacente en el diferente trato que recibe esta cláusula en la generalidad de los contratos, en que se sanciona con la nulidad, y en los contratos administrativos, en que aparece, de lege data, como causa que permite a la Administración promover la resolución.