Ir al contenido

Recaudación. Municipal.- Cuando se trata de compensación de deudas a solicitud del interesado habrá que estar, en cuanto al procesamiento, a lo señalado en el art.56 RGR.


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2024 INAP - Todos los derechos reservados