El autor analiza en el presente artículo la aplicación práctica de la doctrina Parot a propósito de la excarcelación reciente del conocido como violador del Vall d`Hebrón, posicionándose a favor de la introducción de criterios objetivos relativos a la duración de la condena, tanto por la doctrina Parot, como por lo dispuesto en el art. 78 CP, como mecanismos de control de la amplia discrecionalidad que la Administración penitenciaria tiene en materia de ejecución penal.