El derecho, lo mismo que la naturaleza, no hace saltos, primero tiene que existir el precedente para que pueda sucederle lo superior. Pero, una vez que existe, lo superior es inevitable �toda finalidad precedente crea la subsiguiente, y de la suma de todo lo singular se tiene más tarde, por abstracción consciente o incosciente, lo general: las ideas jurídicas, la visión del derecho, el sentimiento jurídico. No es el sentimiento jurídico el que ha creado el derecho, sino el derecho el que ha creado el sentimiento jurídico� el derecho sólo conoce una fuente, es decir, la finalidad práctica». Ihering. El fin en el Derecho.