El presente trabajo realiza un análisis del derecho de asociación de jueces y magistrados, deteniéndose no sólo en la afiliación a asociaciones judiciales profesionales, sino también en la adscripción a asociaciones no profesionales. Se desvela de dicho análisis que, de las pretensiones iniciales del legislador en el diseño del estatuto profesional del juez (como juez imparcial e independiente) a lo que la realidad ha dado como resultado, pueden encontrarse notables diferencias. Y en ello el asociacionismo de los jueces y magistrados ha tenido un papel relevante. Se incide al mismo tiempo en la experiencia de asociacionismo judicial vivida en los países de nuestra esfera democrática.
This paper analyses the freedom of association for judges, focusing both on the right to form judges� professional associations and on the right to join non-professional organizations. One concludes that there are significant discrepancies between the original intent of the lawmaker when defining the statutory framework of the judiciary (namely pretending a neutral and independent judge) and the reality. Judges� associationism has played a relevant role in such state of play. The paper focuses also in the experiences of judges� associationism in a number of countries of equivalent democratic traition.