La protección del crédito transfronterizo es uno de los objetivos que a través de la cooperación judicial civil pretende lograr la Unión Europea para consolidar y garantizar el buen funcionamiento del mercado interior comunitario. Dentro de los instrumentos normativos que con esta finalidad ha creado la Unión Europea nos encontramos ahora con la propuesta de elaboración de una «orden europea de embargo de activos bancarios » como genuina medida cautelar dirigida a tratar de asegurar el cobro de una deuda nacida de una relación civil o comercial transfronteriza. El trabajo analiza desde una perspectiva crítica y constructiva el planteamiento y diseño que de la orden europea de embargo presentó el Libro Verde sobre una mayor eficacia en la ejecución de resoluciones judiciales en la Unión Europea: embargo de activos bancarios, de 24 de octubre de 2006, conjugando sus repercusiones de derecho comunitario y de derecho procesal. Se plantea en definitiva el diseño de un procedimiento para la obtención de una medida cautelar comunitaria, de eficacia transfronteriza, destinada a bloquear el saldo que el deudor tenga en cuentas corrientes bancarias a su nombre en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.