Pilar Madrid Yagüe
La capitalización de determinadas pensiones es una especialidad o excepción al sistema financiero de reparto prevista por el artículo 87.3 de la Ley General de Seguridad Social. Se expone la nueva normativa dictada sobre cálculo y liquidación de capitales coste de pensiones y prestaciones económicas periódicas de la Seguridad Social, a raíz de la reforma operada en la materia en el año 2005. Asimismo, se examinan las reclamaciones interpuestas por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales frente a los primeros actos de liquidación practicados por la TGSS conforme a estas normas y el resultado de los litigios por ellas entablados.