Si preguntáramos a un lego en Derecho sobre qué opinión le merece el despido de un trabajador estando de baja por enfermedad, con toda seguridad la respuesta apuntaría a un convencimiento casi absoluto de que dicha situación se haya amparada por el sistema de protección de los derechos fundamentales establecido en nuestra Constitución. Lejos de esta realidad, en las siguientes líneas repasaremos tanto las normas que han ido fundamentando la doctrina jurisprudencial como las propias decisiones judiciales dictadas al respecto, contando, además, con la opinión de nuestro habitual colaborador, Enrique García Tomás, que examina el supuesto desde la perspectiva empresarial.