El ejercicio de la abogacía, como el del resto de profesiones liberales, ha quedado expresamente sometido al Derecho de la competencia desde fechas relativamente recientes, lo que ha provocado una revisión en profundidad de las normativas colegiales reguladoras del acceso y ejercicio de la abogacía, en las que se ha constatado una serie de disposiciones enjuiciables desde dicha perspectiva, respecto de las que no siempre han coincidido el Tribunal de Defensa de la Competencia y el Tribunal Supremo; algunas corregidas, pero otras aún vigentes.