El sistema electoral del Congreso de los Diputados ha sido frecuentemente criticado por la escasa proporcionalidad que genera el mecanismo de conversión de los votos en escaños. Esta diferencia entre el apoyo electoral que recibe un partido y la representación parlamentaria que obtiene se ha puesto otra vez de manifiesto en las últimas elecciones celebradas el 9 de marzo de 2008. Ello ha desencadenado no pocas críticas, que denuncian la vulneración del derecho al sufragio igual y del derecho a la igualdad en el acceso a funciones y cargos públicos, ambos reconocidos en nuestra Constitución. Desde el punto de vista constitucional, el principio de igualdad del voto posee un doble significado: el estrictamente formal, que se refiere al derecho de participación política y está relacionado con el método de reparto de escaños entre las circunscripciones (según su población residente o número de electores inscritos); y el significado material, que es exigible sólo en los sistemas electorales de lógica proporcional y está relacionado con el mecanismo de conversión de los votos emitidos en escaños. Nuestro sistema electoral conculca abiertamente ambos aspectos de la igualdad del voto. El presente trabajo trata de analizar el origen y el alcance de dichas desigualdades de representación, referidas a la convocatoria de marzo de 2008, y propone algunas soluciones para atenuar dichos efectos.