En España, en aquellos casos en que el niño se encontraba en un centro escolar, los Tribunales habían venido entendiendo que la existencia de otros entes responsables hacía decaer la posible responsabilidad de los padres. Esta postura, sin embargo, ha sufrido un giro inesperado tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 30 de noviembre de 2007.