Pascual Sala Sánchez
La nueva Ley General Presupuestaria (Lei 47/2003, de 26 de novembro) amplía determinados aspectos de la responsabilidad contable, recogida en el titulo VII de la Ley, que estaban insuficientemente regulados en el texto anterior de la Ley tanto en el ámbito subjetivo como en el objetivo y, asimismo, la referencia a la necesidad de dolo o culpa grave en la actuación determinante de la responsabilidad.
En este trabajo se analizan dichos aspectos y también los hechos que pueden generar responsabilidad contable: el alcance o malversación de fondos públicos; la administración de fondos públicos sin sujetarse a las disposiciones que regulan su liquidación, recaudación o ingreso en el Tesoro; los compromisos de gastos y ordenación de pagos sin credito suficiente para pagarlos. Finalmente, además de una recopilación, se realiza un exame particularizado de la figura de la responsabilidad que consiste en la falta de justificación de los fondos recibidos en concepto de subvención.