Este trabajo explora la posibilidad de que los ciudadanos de la Unión Europea (UE) residentes en España puedan ser inscritos de oficio en el censo electoral español. En la actualidad, los ciudadanos de la UE deben solicitar expresamente su inscripción, a diferencia de los españoles, que son inscritos de oficio a partir de los datos del Padrón municipal. Esta diferencia constituye, probablemente, una de las causas más relevantes del índice actual de subrregistro de ciudadanos UE en el censo electoral y, por esta razón, puede concebirse como una ¿dificultad de registro¿ de este colectivo. La principal conclusión a la que se llega es que la normativa española debería instaurar la inscripción de oficio de los electores comunitarios en el censo de las elecciones municipales e incorporar la manifestación formal de voluntad exigible para ser incluido en el censo electoral del Parlamento Europeo al procedimiento de empadronamiento. Ambas reformas estarían de acuerdo con el derecho comunitario. Además, se propone una modificación de éste último, de modo que a los Estados miembros, como España, cuyo régimen electoral reúna determinadas características, se les permita la inscripción censal de oficio de los residentes UE en todos los procesos electorales en los que éstos pueden participar.