Javier Saldaña, abogado especialista en Derecho Sanitario, escribe en este artículo sobre los beneficios (económicos y procesales) que ofrece para el justiciable acudir a la vía civil en lugar de a la contencioso administrativa por daños en servicios sanitarios públicos. A pesar de la discusión doctrinal sobre la competencia jurisdiccional en este supuesto, la Audiencia de Badajoz y la de Sevilla (ver sentencia de ésta última, facilitada por el autor de este artículo, en este número de ADS, pág. 384) han fallado recientemente a favor del demandante. El interés moratorio (20 por ciento anual, y desde la fecha del siniestro) y la posibilidad de recurso al Supremo para reclamaciones superiores a 150.000 euros, son algunos efectos prácticos de la acción directa contra la aseguradora.