Miguel Francisco Canessa Montejo
El ius cogens Laboral son los derechos humanos laborales recogidos en las normas imperativas del Derecho Internacional general. Los primeros son aquellos derechos en materia laboral consagrados en instrumentos internacionales de derechos humanos que reconocen universalmente como titular a la persona, respetando la dignidad humana y satisfaciendo las necesidades básicas en el mundo del trabajo. Las segundas son las normas que siendo aceptadas y reconocidas por la comunidad internacional en su conjunto, gozan de la característica de prevalecer sobre cualquier otra norma que esté en oposición a ellas. En base a la jurisprudencia internacional y a la Comisión de Derecho Internacional, este artículo sostiene que en la actualidad existen dos derechos humanos laborales recogidos en las normas imperativas del Derecho Internacional general: la prohibición de la esclavitud y de la servidumbre, y la prohibición de todo tipo de discriminación en el ámbito laboral. El ius cogens Laboral es obligatorio para los Estados, con lo que cualquier norma convencional o consuetudinaria internacional y cualquier acto unilateral del Estado (una ley, una sentencia, una norma administrativa, etc.) que esté en oposición a ella sería nulo y carente de valor jurídico, con lo que se configuraría la violación de una obligación internacional y la responsabilidad del Estado por un hecho internacionalmente ilícito.