Juan Andrés Varas Braun
El autor critica la norma del apartado segundo del artículo 1348 del Código Civil, que dispone ¿refiriéndose a las particiones¿ que ¿la rescisión por causa de lesión se concede al que ha sido perjudicado en más de la mitad de su cuota¿, como inconveniente e injusta, y propone su modificación legislativa (y en tanto ello no ocurra, una interpretación flexible), argumentando sobre la base de que ¿la naturaleza de las cosas¿ en una partición es diversa, en cuanto importa a estos efectos, a la de las relaciones contractuales con las cuales la citada disposición la asimila.
The author criticizes article 1348 (section second) of the Chilean Civil Code that, referring to a partition, states that ¿The rescission on grounds of lesion is granted to which has been harmed in more than half of his quota¿, as unfair and inconvenient, proposing its legislative modification (and meanwhile, a flexible interpretation), arguing that ¿the nature of things¿ in a partition is diverse, in all that matters to this problem, to the one of the contractual relations with which the mentioned disposition assimilates it.