Juan Omar Cofré Lagos
El iusnaturalismo y el no positivismo jurídico aceptan o se ven obligados a asumir que los derechos humanos deben radicar en un sustrato sólido, inamovible, eterno y absoluto. De lo contrario, no habría manera de construir una teoría de los derechos humanos permanente y estable. La estabilidad óntica es un ¿a priori¿ de estas teorías, porque sin ella derivan en relativismo. Esto supone, además un cognoscitivismo: los principios fundantes del derecho pueden ser racionalmente aprehendidos. Ahora bien, toda la doctrina iusnaturalista de los derechos humanos parte del supuesto de que existe una naturaleza humana y que podemos acceder racionalmente a ella. El trabajo examina toda esta problemática, pero lo hace desde una perspectiva lógico-semántica. Este enfoque revela aspectos desconocidos y permite abrir nuevas posibilidades de comprensión del objetivismo jurídico, según el cual hay (existe) naturaleza y dignidad humanas y, por consiguiente, derechos humanos absolutos.
Iusnaturalism and antipositivism accept or are forced to assume that human rights must be grounded on solid, unchangeable, eternal and absolute foundations. Otherwise, the development of a permanent and stable theory of human rights would be impossible to achieve. The ontic stability is an a priori requirement of these theories, because, without it, these theories fall into relativism. This implies a cognoscitive perspective as well: the founding principles of law can be discovered by reason. The whole iusnaturalist theory of human rights assumes that there is a human nature and that we can access it through our reason. This paper examines this problem from a logic ¿ semantic perspective. This point of view reveals unknown aspects of the matter and opens new posibilities for the understanding of legal objectivism, for which human nature and human dignity exist and, therefore there are absolute human rights, as well.