En este artículo se analiza la incidencia que las normas internacionales de contabilidad, y en particular la NIC 4 sobre contrato de seguro, tienen sobre la contabilidad de las entidades aseguradoras. Se empieza advirtiendo de que esta norma tiene un carácter transitorio, habida cuenta de que, por la complejidad de la materia, tendrá que ser objeto de ulterior desarrollo en una segunda fase. Los problemas que ello plantea se resuelven por la vía de permitir, con ciertas limitaciones, la continuidad de las políticas contables vigentes, si bien se abordan cuestiones importantes, como la definición del contrato de seguro a efectos contables, que no coincide con el concepto legal.