El mercado interior se apoya en cuatro pilares, uno de los cuales es la libertad de movimientos de capital. Ésta, a su vez, incluye la libertad de inversión directa transfronteras intracomunitaria, que es una fórmula de la máxima importancia para los flujos de capitales. Debido a ello, los Gobiernos de los Estados miembros la han puesto en jaque en repetidas ocasiones y acaso han sido las célebres acciones de oro (Golden Shares) las que mejor han dejado en evidencia el interés nacionalista de los mismos. En torno a ellas se ha generado un debate entre las instituciones comunitarias que sólo los especialistas han podido seguir. El autor de este artículo, que como director tuvo la responsabilidad de vigilar el respeto de la libertad de movimientos de capital durante más de 14 años, trata de mostrar la batalla de argumentos interna entre las instituciones comunitarias entre sí, y con las Administraciones nacionales, que ulteriormente condujo a la postura definitiva e inapelable del Tribunal de Justicia y a su aplicación