Este trabajo pretende reflejar el tratamiento tributario que se otorga, tanto en la Propuesta de Directiva de 20 de mayo de 1998 como en nuestro ordenamiento tributario, a los beneficios obtenidos por la tenencia de participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva (IIC). Se pone de manifiesto la diferente cualificación que una y otra norma otorgan a las IIC, por lo que a partir de esta premisa se establecen unas apreciaciones sobre los efectos que se originarán si finalmente la citada Propuesta acabara plasmándose en Directiva. Asimismo, se postula un cambio en la forma de tributar los beneficios obtenidos de estas entidades, pasando a ser considerados como intereses en vez de ganancia patrimonial como ocurre en la actualidad.