Alberto Casado Cerviño
Se analiza en este artículo el régimen jurídico del vínculo entre la marca comunitaria y la marca internacional. En concreto, se describen las medidas adoptadas por la asamblea de la Unión de Madrid para impulsar su vínculo con la marca comunitaria. De este modo, desde octubre de 2004 el vínculo entre los dos sistemas de protección de marcas es ya plenamente operativo y, por tanto, la marca comunitaria o su solicitud pueden servir de base para presentar una solicitud internacional bajo el protocolo de Madrid. También la vía internacional prevista en el Tratado OMPI puede, asimismo, utilizarse para obtener una marca comunitaria.