Marco Marandola
Con la Directiva del 19 de noviembre de 1992 sobre derechos de alquiler y préstamo, la Unión Europea pensaba regular la materia de manera que las diferentes legislaciones no fueran un obstáculo a la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales (artículo 3 del Tratado de la Unión Europea).
El tema del derecho de préstamo ha estado regulado de manera muy diferente en cada uno de los países europeos. Los orígenes del derecho de préstamo público están estrechamente relacionados con la aparición de las bibliotecas publicas. La importancia de las bibliotecas privasas, que "prestaban" libros a cambio de un pago o de una cuota de socio, decayó tras la creación de las bibliotecas públicas, a las que se podía acceder sin realizar pago alguno.
La materia del derecho de autor en general recibió la atención del legislador europeo por primera vez con el Libro verde sobre derechos de autor de 1988. Sin embargo, no hacía referencia a una posible necesidad de actuación en el área del préstamo no comercial. La OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) ha considerado no prioritaria la cuestión de reconocer un derecho de préstamo (reunión de expertos por la posible modificación del texto de la Unión de Berna 1993), identificando por el contrario un "derecho a la cultura".
La mayor parte de los países miembros de la Unión Europea hacen uso de la posibilidad de eximir a determinadas instituciones de préstamo del derecho de préstamo público. La Comisión inició el 16 de enero de 2004 procedimientos de infracción contra seis estados miembros por lo que se refiere al derecho de préstamo público y de alquiler comercial.