Antonio Blasco Mayor
La normativa de seguridad y salud en el trabajo, además de regular los aspectos relativos a cómo evitar o disminuir los riesgos profesionales, también establece determinadas acciones dirigidas a atender a los trabajadores que sufren un daño derivado del trabajo, tales como la prestación de los primeros auxilios y, llegado el caso, la de proceder a su evacuación. En efecto, corresponde a los empresarios disponer en cada lugar de trabajo de unos determinados medios destinados a prestar los primeros auxilios a los trabajadores que lo necesiten. Medios de los que deben ser informados los trabajadores: desde quién puede administrarles los primeros auxilios cuando sufren un accidente o una indisposición en el trabajo o dónde localizar, un antiséptico y un apósito con los que hacerse una primera cura en el centro de trabajo, o bien, a qué centro médico asistencial han de acudir para recibir la asistencia médica preceptiva. Sin embargo, estas medidas no siempre se aplican, a veces por desconocimiento, en otras ocasiones, aun cumpliéndolas, resultan ser más formales que efectivas.
En este estudio se pretende analizar el alcance de las normas reguladoras de esta materia, intentando dar respuesta a las siguientes cuestiones: ¿en qué consiste la obligación de la prestación de los primeros auxilios en los lugares de trabajo?, ¿cómo deben organizarse?, ¿quién debe prestarlos?, ¿cómo efectuar la coordinación con los servicios sanitarios externos?, ¿de qué han de ser informados los trabajadores sobre estas cuestiones? y, finalmente, ¿cómo han de prestarse los primeros auxilios en los trabajos y actividades especiales?