La revisión de oficio en la contratación administrativa
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¿Tiene derecho el contratista a la indemnización desde el día de la efectiva suspensión del contrato?
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¿Es posible proceder a la apertura de proposiciones el día señalado y comunicar posteriormente la oferta remitida por correo dentro de plazo pero que aún no está en poder de la mesa de contratación?
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¿Puede solicitar el adjudicatario revisión en el caso de que el plazo de ejecución se demore sin que exista causa imputable a la Administración?
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¿Cabe la posibilidad de proceder a la revisión de precios instada por la empresa cuando ha expirado el contrato y se viene prestando el servicio?
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Determinación del grupo y subgrupo de clasificación exigible en el contrato de prestación de servicios técnicos e iluminación, sonido y regiduría
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Criterios interpretativos para la aplicación del artículo 2.1 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
pág. 13
Calificación por su objeto de diversos contratos administrativos
pág. 16
Cómputo del plazo aplicable para la primera revisión de precios una vez cumplidos los requisitos del ejecución del contrato exigidos por el artículo 104.3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
pág. 18
Contrato de mediación de seguros
pág. 20
Responsabidad patrimonial del contratista. Defectos en los materiales empleados
pág. 21
Inclusión del criterio de la experiencia entre los criterios de adjudicación
pág. 23
Resolución de contrato por incumplimiento del derecho comunitario de los contratos públicos. Ejecución sentencias TJCE
pág. 25
Contratos administrativos: presentación y envío por corro de las proposiciones de los licitadores
Emilio Menéndez Gómez
pág. 29
La capacidad de obrar del contratista
Isabel Gallego Córcoles
pág. 38
La regulación del contrato de servicios en la nueva LCSP
José Antonio Moreno Mollna
pág. 51
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