
, Alejandro José Huergo Lora (secret.)
, Sara Spuntarelli (voc.) 
Desde los albores del constitucionalismo europeo, el Derecho público continental ha articulado el reparto del poder normativo en torno a la Ley y al reglamento. A tal efecto, y tratando de explicar las relaciones entre ambos instrumentos, se extendió y consolidó en la literatura jurídica y en la jurisprudencia española la clasificación de los reglamentos por su relación con la Ley: reglamentos ejecutivos (secundum legem), reglamentos independientes (praeter legem) y reglamentos de necesidad (contra legem).
Esta última categoría se entiende comúnmente en la doctrina patria como una figura al servicio de los poderes públicos, destinada a confrontar distintas situaciones extraordinarias (catástrofes, calamidades, etc.) en las que es perentorio actuar por existir riesgo para personas y bienes, teniendo por ello, además, un marcado carácter temporal.
Sin embargo, la noción carece en la actualidad de nitidez conceptual. En efecto, se hace uso de la expresión para aludir a un conjunto heterogéneo de instituciones jurídicas muy distintas entre sí (declaraciones y prórrogas estados excepcionales, actuaciones en el seno de éstos, previsiones extraordinarias de la legislación de policía, entre otras). Tal configuración "genérica e indeterminada" del reglamento de necesidad plantea importantes interrogantes que limitan su utilidad práctica e impiden una construcción dogmática y categorial acabada.
El presente trabajo de investigación tiene por objeto abordar tales cuestiones. A tal efecto se analiza, en una primera parte, los orígenes de la figura y su evolución en Alemania (a través de la noción de Notverordnung), su posterior recepción en Francia e Italia, así como su configuración jurídica actual; estudiándose, además, los distintos instrumentos jurídicos que "en esencia" cumplen su función en los mencionados países. En una segunda parte se examinan los motivos histórico-jurídicos que llevan a la recepción del reglamento de necesidad en España, su evolución a lo largo de los siglos y, finalmente, su posición actual en nuestro ordenamiento constitucional. Por último, y también en la segunda parte, se realiza una construcción dogmática de la institución, distinguiéndola de figuras afines, analizando su naturaleza, su posición constitucional y su relación con la Ley, así como, en definitiva, examinando los requisitos precisos para su validez y los contrapesos y mecanismos de control de los que disponen los ciudadanos frente a estas normas dictadas ante situaciones de necesidad.