La presente tesis doctoral tiene por objeto el estudio del procedimiento de elaboración de las ordenanzas locales y su adaptación a los nuevos estándares de mejora de la regulación, tomando como referencia la implementación de estas políticas en las instancias de poder superiores. Hasta ahora las políticas de mejora de la regulación han tenido una integración gradual en nuestro ordenamiento jurídico interno, y han situado irremediablemente la Administración local en el último eslabón de la adaptación de una estrategia que engloba el conjunto de la actividad administrativa. La entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, ha sido determinante para conseguir uniformizar los estándares mínimos de una buena regulación en un contexto jurídico multinivel. La Ley 39/2015 no predispone para “ordenación secuencial” básica de los trámites del procedimiento; les corresponde a los gobiernos autonómicos y locales en virtud de la facultad que tienen para organizarse jurídicamente mediante la creación de su propio derecho. En su consecuencia, la mejora de la calidad normativa es una cuestión que también necesita ser incorporada dentro del ejercicio de la potestad normativa municipal, pues es en la Administración local donde queda confinada la práctica totalidad de la acción administrativa sobre el territorio.
Proponemos la modificación de la regulación prevista a la LrBRL para la elaboración de las ordenanzas locales con el objetivo de actualizar el viejo esquema procedimental a las líneas de mejora de la calidad normativa. Pero no solamente nos centraremos en el proceso normativo en sí, sino que la exigencia de la mejora de la regulación recae en todo el ciclo normativo, desde la planificación hasta la posterior revisión de la norma. Por lo tanto, aunque el grueso importante del trabajo se centra en los aspectos más procedimentales que ocupan el proceso de elaboración de la ordenanza, el estudio también abarca instrumentos de consecución de la calidad normativa como los planes de aprobación de las futuras normas, el fomento de un nuevo marco de participación ciudadana o la incorporación de mecanismos de evaluación retrospectiva, entre otros, los cuales también deben ser objeto de una regulación pormenorizada por parte de la normativa aplicable al proceso de creación de normas locales.