Jorge Del Coso Mateo
La Ley Orgánica 1/2010, de 19 de febrero, de modificación de las leyes orgánicas del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial, atribuyó al Tribunal Constitucional «en exclusiva» el control de las normas forales fiscales de los territorios históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, apartando de su conocimiento a la jurisdicción contencioso-administrativa. Sin embargo, en 2016, el Tribunal Constitucional emitió una sentencia interpretativa que abría la puerta a un control compartido entre ambas jurisdicciones. En el presente trabajo se analizan tanto los motivos que impulsaron dicha reforma como sus consecuencias jurídico-constitucionales, especialmente a partir del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, ofreciendo finalmente una visión general del control judicial de estas normas en la práctica jurisdiccional actual.
The Organic Law 1/2010, of February 19, modified the organic laws of the Constitutional Court and the Judicial Power. This amendment attributes to the Constitutional Court exclusive competencies in judging the special regional rules of the Spanish Historic Territories of Álava, Guipúzcoa and Vizcaya. This paper will analyze the reasons for the reform and its legal-constitutional consequences, taking into account the Constitutional Court´s Sentence 118/2016 of July 28, which has allowed shared control between the Constitutional Court and administrative courts.