Entre las figuras que se ven afectadas por la reciente Ley Orgánica 1/2005, de 2 de enero, se encuentra la conformidad, institución de naturaleza compleja, en virtud de la cual la parte pasiva, es decir, tanto el acusado como su defensor técnico, aceptan con ciertos límites la pena solicitada por la acusación, o la más grave de las solicitadas, si hubiera varios acusadores, procediéndose a dictar sentencia inmediatamente, al hacerse innecesaria la vista. En el presente artículo se analizan las novedades introducidas por dicha ley en la conformidad penal.