Eduardo Pastor Martínez
Hasta ahora, la doctrina mayoritaria se ha mostrado reticente respecto de la admisibilidad plena de las acciones de impugnación de acuerdos sociales negativos y la propia jurisprudencia casacional disponible es inconcluyente. El trabajo analiza algunas de las principales aportaciones doctrinales y jurisprudenciales sobre la cuestión y aboga por atribuir mayor protagonismo a la funcionalidad constitutiva de la acción impugnatoria de acuerdos sociales, según la naturaleza contractual de la sociedad.