En este trabajo se realiza un análisis de las características esenciales del Tratado de Lisboa, suscrito el 13 de diciembre de 2007 y cuya entrada en vigor estaba prevista para el 1 de enero de 2009 (antes del referéndum de ratificación celebrado en Irlanda el 12 de junio de 2008, con resultado negativo). Por un lado, se señalan sus aspectos negativos, entre los que se destacan la supresión del término «Constitución», la eliminación de los símbolos constitucionales y la pérdida de sistemática en relación con el Tratado Constitucional, lo que le aleja de la ciudadanía. Se indica, no obstante, por el autor, que la Teoría constitucional europea no está vinculada por las definiciones que realicen los redactores de Tratados y que los nuevos Tratados son materialmente constitucionales. Igualmente, se hace notar que la eliminación de los símbolos constitucionales carece de eficacia, ya que siguen siendo los símbolos de la Unión Europea. Por lo que se refiere a los aspectos positivos, se señalan también diversas aportaciones como son, entre otras, la confirmación de los valores y objetivos de la Unión, la determinación del carácter jurídicamente vinculante de la Carta de los Derechos Fundamentales, las reformas institucionales y la profundización en el proceso de democratización. En definitiva, se valora al Tratado de Lisboa como un texto de transición que puede marcar un nuevo anillo de crecimiento constitucional de la Unión, a pesar de sus deficiencias. El Tratado no reduce, sino que incrementa la competencia de una «Teoría constitucional europea» que, ciertamente, en última instancia, deberá ser escrita desde la perspectiva de los 27 Estados miembros y sus correspondientes comunidades científicas nacionales.
This article analyses the essential characteristics of the Lisbon Treaty, signed on 13th December 2007 and whose enforcement was foreseen for 1st January 2009 (before the negative referendum that took place in Ireland on 12th June 2009). On one hand, the author remarks negative aspects of the Treaty: the suppression of the term “Constitution”, the elimination of the constitutional symbols, and the systematic loss in comparison with the Constitutional Treaty, that moves it away from the citizenship. Professor Häberle considers no only that the constitutional Theory is not entailed by the definitions realized by the redactors of the Treaties, but also that the Treaties are materially constitutional. Prof. Häberle notices also that the elimination of the constitutional symbols has not got any real efficacy because these continue being the symbols of the European Union. On the other hand, the author reveals the positive aspects of the Treaty, remarking some contributions like the confirmation of values and aims of the Union, the coming in force of the Charter of Fundamental Rights, the institutional reforms and the advances in the democratization process. Despite its deficiencies, the Lisbon Treaty is definitively appreciated as a transition text that can cause a new constitutional increment for the Union. The Treaty does not reduce, but increase, the need of a “European Constitutional Theory” that, certainly, at the last instance, must be written down from the point of view of the 27 Member States and their national scientist communities.