Loredana María Trifan Trifan
La STS 504/2024, de 20 de marzo desestima la pretensión de los trabajadores por diversos motivos. En primer lugar, en el Acuerdo de Garantías no fue parte negociadora la empresa demandada, esto es Contourglobal. Además, en el momento de salida de los trabajadores del grupo Acciona, estos estaban adscritos a la empresa Global Bodhi, empresa del grupo que expresamente se sometió mediante acuerdo al I Convenio colectivo del grupo Acciona. En un segundo lugar, la demandada se había anudado al inicial convenio, no estando comprendida dentro del ámbito funcional del nuevo convenio. Consecuentemente, entiende el Alto Tribunal que no podrá reconocerse el derecho a los incrementos salariales a quienes no se encuentren bajo el ámbito de vigencia del nuevo convenio.