Cuando aún no hemos finalizado completamente el proceso de implantación de la contratación electrónica, curiosamente centrado, a nuestro juicio de manera errónea, en la fase de licitación, irrumpe de manera imparable la tecnología más disruptiva de los últimos años, la inteligencia artificial (IA), cuya aplicación a la gestión pública en general y a la gestión contractual pública en particular, puede ser diferencial a la hora de salvaguardar de manera definitiva los principios de legalidad, transparencia, objetividad, eficacia y eficiencia, unos principios por los que se rige la organización y el funcionamiento de las organizaciones públicas, y que, de forma más concreta, están estrechamente relacionados con la actividad contractual pública.