Jesper Svenningsen
El Tribunal General declara que la aplicación de las normas del mercado interior a la sección del gasoducto Nord Stream 2 situada en el territorio o en el mar territorial de un Estado miembro es idónea, en particular, para prevenir las distorsiones de la competencia y los efectos negativos sobre la seguridad del suministro. Además, a la luz de los datos de que dispone el Tribunal General, los inconvenientes que soporta Nord Stream 2 AG no resultan manifiestamente desmesurados en comparación con la importancia de los objetivos perseguidos por el legislador