Madrid, España
Se denomina cláusulas generales antiabuso como aquellos cuyo supuesto de hecho esté configurado como un concepto jurídico indeterminado más o menos amplio y cuya aplicación requiere una particu lar actividad probatoria por parte de la Administración. Tienen un doble sentido: su aplicación a todos los tributos, y su aplicación a todas las conductas abusivas relacionadas con la elusión de un tributo que se considera contraria al ordenamiento La Ley General Tributaria considera el fraude a la ley tributaria, la simulación, el negocio indirecto, el negocio fiduciario, la calificación, la simulación de la identidad y el conflicto en la aplicación de la norma tributaria como cláusulas antiabuso.
En el Impuesto sobre Sociedades encontramos cláusulas antiabuso en el régimen general y en los regímenes especiales y pueden ser clasificadas en dos grupos: las relacionadas con paraísos fisca les y las que tutelan la correcta aplicación de un régimen fiscal beneficioso como la exención de ren tas de fuente extranjera, fusiones y operaciones asimiladas