Madrid, España
A diferencia de lo que durante mucho tiempo ha sucedido en el derecho del trabajo español, caracterizado por una referencia escueta al poder de control en el artículo 20.3 de nuestro Estatuto de los Trabajadores, en el ordenamiento italiano desde la década de los setenta del siglo pasado se han implementado varias previsiones en materia de control empresarial, entre las que se encuentra la posibilidad de utilizar sistemas de control a distancia o remotos. En este ensayo se ofrece una aproximación a la configuración jurídica del control empresarial a distancia contenida en el Estatuto de los Trabajadores italiano, dando cuenta tanto de la versión original como del alcance de su reforma al amparo del Jobs Act.
In the Italian legal system, in contrast to what happened in Spanish labour law, since the seventies of last century, several provisions have been configured in the field of employer control, among which is the possibility of using remote control systems, without there being a similar provision in our legislation. This essay offers an approach to the legal configuration of remote company monitoring contained in the Italian Workers’ Statute, giving an account of both the original version and the scope of its reform under the Jobs Act.