La Dirección General de la Mujer plantea a esta Agencia de Protección de Datos si es posible, al amparo de la legislación vigente en materia de protección de datos, facilitar, por parte de esa Dirección General, los datos de las personas que han sido víctimas de violencia de género y sobre las que se han dictado órdenes judiciales de protección, a los organismos administrativos (locales, regionales o estatales) que atienden directamente a las víctimas.