En el presente trabajo se analiza el concepto procesal de flagrancia como situación fáctica que permite la limitación de derechos y libertades fundamentales. Se trata de un estudio de derecho comparado, pues se realiza considerando los ordenamientos chileno, español, ale-mán, italiano, francés y portugués.Concretamente, se pretende definir la flagrancia como circunstancia habilitante de la adop-ción de una medida cautelar por cualquiera, de la detención, por lo que deberán concurrir en el supuesto concreto las características o presupuestos propios de este tipo de medidas: fumus commisi delicti, periculum libertatis y proporcionalidad.La apariencia delictiva, el título de imputación, lo constituye en estos casos el sorprendimiento en flagrancia, es decir, la percepción sensorial directa de la comisión del delito por un terce-ro, existiendo además inmediatez temporal y personal. El peligro o necesidad de intervención se traduce en impedir que prosiga la lesión del bien jurídico y en aquellas circunstancias que en el caso concreto fundamenten racionalmente la presunción de que el imputado tratará de sustraerse a la justicia. Por último, la medida cautelar que se adopte deberá ser respetuosa con el principio o pauta de proporcionalidad, es decir, apta para alcanzar el fin constitucio-nalmente previsto, necesaria, la menos gravosa de todas las adecuadas, y estar en una rela-ción razonable con las ventajas que se derivan de la consecución del fin deseado.