William Thayer Arteaga
En los 435 años que median entre el texto refundido del nuevo Código del Trabajo (1994) y las ordenanzas de Fernando de Santillán(1556) —se señala en estas páginas—, la legislación social chilena ha debido recoger los enormes cambios políticos, económicos, sociales y culturales que registra la historia del país.
Así como la llamada “cuestión social”, interpretada desde ángulos muy diferentes y tras objetivos contrapuestos, habría exigido en la primera mitad de este siglo una legislación social altamente tuitiva e intervencionista, las grandes transformaciones posteriores explicarían el abismo entre el Código de 1931 y el de 1987. Sin embargo, en consonancia con los importantes cambios ocurridos en el contexto político nacional e internacional el año 1989, la gran diferencia entre la legislación de 1987 (cuyo objetivo era hacer compatible un sistema laboral individual y colectivo con una economía social de mercado) y el nuevo Código de 1994, estribaría más en la manera en que se ha legislado que en la sustancia de las normas.
A partir de las consideraciones anteriores el ensayo entrega una reflexión sobre el destino de las principales instituciones de la actual legislación laboral chilena, entre ellas los contratos de trabajo frente a la subcontratación, el trabajo doméstico y a domicilio, los contratos a corto plazo y la terminación de los contratos.