Murcia, España
El derecho fundamental al honor se encuentra proclamado en el artículo 18.1 de la Constitución Española de 1978. Este derecho se configura como uno de los elementos fundamentales de la configuración de nuestro Estado democrático por su íntima relación con lo proclamado en los artículos 1.1 y 20 de la CE. Por ello, este trabajo pretende abordar cuestiones tan relevantes del honor como la titularidad del mismo por los personajes públicos, en concreto los parlamentarios y su relación con el derecho a la información y la libertad de expresión previstos ambos como límites a la protección del derecho al honor, así como los mecanismos de defensa protectores ante las injerencias a las que se encuentran sometidos los parlamentarios y políticos españoles.