Venezuela
La Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Venezuela fue promulgada en el mes de junio de 2010, siendo una de sus principales novedades el establecimiento de un procedimiento breve para los reclamos por omisión, demora o deficiente prestación de los servicios públicos que vendría a materializar los postulados del artículo 259 de la Constitución venezolana de 1999. Luego de catorce años de vigencia de la ley hemos querido evaluar la efectividad del procedimiento para satisfacer las demandas ciudadanas en materia de servicio público, para lo cual se revisaron 256 sentencias dictadas por los distintos tribunales de municipio en Venezuela en esta materia. Se concluye que, en la práctica, no se ha comprendido el verdadero sentido y alcance del contencioso administrativo de los servicios públicos y se ha desnaturalizado su función principal de servir como mecanismo de acción jurisdiccional para garantizar el funcionamiento adecuado de los servicios públicos.