Málaga, España
El derecho a la acción sindical para ser fiel a la finalidad para la que fue creado no puede entenderse desligado del contexto subjetivo, económico y social en el que se desarrolla en cada momento histórico. En la actualidad cada una de sus manifestaciones: el control del poder de dirección -y la protección de los derechos individuales de los trabajadores en la empresa-, el derecho a la negociación colectiva y el derecho a la huelga, puede quedar limitadas en su ejercicio efectivo por las nuevas características que afectan al empleo -especialmente por el efecto del teletrabajo y el trabajo a distancia que ha producido la dispersión la descolocación- y a los importantes cambios que en el tejido empresarial se han tenido lugar con la introducción del contexto cibernético. En este sentido, se proponen dos reflexiones críticas: Por una parte, sobre las medidas necesarias que deben seguirse para que el ejercicio de la libertad sindical en la empresa cumpla el fin para el que fue creada, con especial atención en la denuncia de aquellas situaciones que, en el marco de las nuevas formas de empleo, puedan tener finalidad antisindical. Por otra parte, sobre la actualización de la dimensión colectiva de la acción sindical ante las nuevas formas de conflictividad social en el marco de las actividades profesionales, y especialmente, cuando ello se produce a través de plataformas digitales.
The right to union action cannot be understood separately from the subjective, economic and social context in which it develops at each historical moment. Currently, each of its manifestations: the control of management power -and the protection of the individual rights of workers in the company-, the right to collective bargaining and the right to strike, may be limited in its exercise. effective due to the new characteristics that affect employment -especially due to the effect of teleworking and remote work that dispersion and dislocation have produced-. In this sense, two critical reflections are proposed: On the one hand, on the necessary measures that must be followed so that the exercise of freedom of association in the company fulfills the purpose for which it was created, with special attention to reporting those situations. That, within the framework of new forms of employment, may have anti-union purposes. On the other hand, on updating the collective dimension of union action in the face of new forms of social conflict within the framework of professional activities, and especially when this occurs through digital platforms.