La figura del indefinido no fijo en el ámbito del sector público no es una cuestión en absoluto sencilla, al tener su base en una creación jurisprudencial y no en un instrumento legal. En los últimos meses, la situación en torno al indefinido no fijo se ha visto enormemente agitada como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de febrero de 2024, que ha venido a cuestionar los cimientos de esta figura y a poner en entredicho su utilidad de cara a prevenir y sancionar el abuso en la contratación temporal en los términos dispuestos por la normativa comunitaria.
En este foro realizaremos un recorrido por la configuración, características y dilemas que presenta la figura del indefinido no fijo y, en especial, el impacto que la referida sentencia ha tenido en su línea de flotación. A su vez, sintetizaremos las reacciones y debates surgidos como consecuencia de ella y, en suma y sin ánimo de ser exhaustivos, trataremos de ofrecer una visión de conjunto sobre la materia que esperamos que sea de utilidad e interés
The concept of “non-fixed term contracts” in the context of public sector employment is not a straightforward matter, as it is based on case law rather than legislation. And things have recently been made worse by the EUCJ ruling of 22 February 2024, which has called into question the foundations of this concept and how useful it is to preventing and penalising the unlawful use of temporary contracts in accordance with EU law.
This article analyses the structure, characteristics and issues of “non-fixed term contracts” and, in particular, how the EUCJ’s ruling has affected their reference threshold. We also summarise the reactions and debates that the ruling has given rise to and provide what we hope is some useful and interesting insight of our own.