Al tratarse de una ley de alcance general, la Ley 19/2014, de transparencia, de Cataluña, no impide la existencia de regímenes especiales de acceso. Ahora bien, debido al potencial disgregador de tales regímenes, su determinación y, sobre todo, el papel de la propia Ley 19/2014 en tales supuestos, son fundamentales para garantizar que no acabe convirtiéndose en una mera norma residual, lo que supondría frustrar su finalidad de establecer un sistema de relación entre la ciudadanía y los poderes públicos fundamentado en los principios de transparencia y rendición de cuentas