En el artículo se realiza una pequeña introducción histórica, en la que se pretende resaltar que la existencia de una cierta sensibilidad hacia los animales sirve de poco si no se establece normas que los protegen. Y como desde el punto de vista civil se produce un cambio de paradigma con la Ley 17/21, estableciendo una nueva categoría, la división clásica de bienes muebles e inmuebles. Si bien el Código Civil en este aspecto no deja de ser una norma civil en blanco. La Ley 7/23 ahonda en dicha idea, si bien solo en relación con los animales de compañía, y silvestres en cautividad. Desde la reforma del Código Civil operada por la Ley 17/21 se han establecido mecanismos para concienciar a los propietarios, como lo indicado en el 333 bis.3 del Código Civil. El análisis de sentencias pone de manifiesto una menor valoración del daño moral producido por daños a un animal, que por inclusión indebida en un registro de morosos. Se hace un breve análisis de los problemas que generaba la situación anterior, y a las regulaciones del destino de un animal en el caso de un procedimiento de familia o de división de cosa común. Así como los problemas que se pueden derivar por reclamaciones de un animal analizando una serie de sentencias. Por último, partiendo de una serie de sentencias se reflexiona sobre los conflictos que pueden existir entre personas y animales, y entre animales entre si.