La nueva Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa, es un importantísimo texto legal cuyo debate ha pasado casi desapercibido para la opinión pública, pese a la trascendencia. Es propósito de esta primera colaboración difundir su aprobación, que habrá de tener una relevancia capital en la práctica profesional y en las garantías jurídicas de quienes se vean sometidos a actuaciones judiciales o prejudiciales. La Ley regula los contenidos específicos del derecho de defensa (entre los que destacan el derecho a recibir asistencia jurídica gratuita, el derecho a información de sus titulares y a la calidad de dicha asistencia); las garantías y deberes de la asistencia jurídica (por ejemplo, la actuación libre e independiente de los abogados, su libertad de expresión y la obligación de secreto profesional); y, por último, las garantías institucionales para el ejercicio de la abogacía, es decir, la función de los Colegios de asegurar el cumplimiento de los deberes deontológicos.