María García Romero
El matrimonio forzado constituye una vulneración de los derechos humanos, que afecta de manera desproporcionada a las mujeres y, en especial, a las niñas. Las instituciones europeas como el Consejo, el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa, plenamente conscientes de la vulneración de derechos que esta forma de violencia constituye, llevan trabajando desde principios de siglo para ponerle freno y proteger a las víctimas. En el conocido como Convenio de Estambul, el Consejo de Europa impone a los Estados parte, una serie de obligaciones al respecto. En este trabajo se analiza la trasposición en el ordenamiento jurídico español de los estándares en materia penal, procesal, preventiva y asistencial que impone el Convenio. Así como de las posibles líneas de trabajo que deben desarrollarse a raíz de la aprobación de la Directiva (UE) 2024/1385 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica que también aborda de manera específica el crimen de matrimonio forzado.