La trabajadora anulaba la venta de algunos productos en la caja del supermercado, apropiándose del dinero sobrante para evitar descuadres dinerarios, no pudiéndosele imputar en el desajuste en el inventario. La empresa comprobó los hechos mediante cámaras específicas de videovigilancia de las que no informó a la trabajadora, que fue despedida. Las grabaciones fueron legales, ya que cumplieron las exigencias del principio de proporcionalidad. Considerada probada la falta muy grave, no puede el órgano judicial sustituir el despido por otra sanción.